Flete, gastos y aranceles: cuándo están cubiertos
En un seguro de transporte de mercancías, el daño físico a la carga no siempre es el único coste relevante. El flete, los gastos extraordinarios, los aranceles y otros desembolsos pueden quedar cubiertos, limitados o excluidos según la póliza, el contrato de compraventa y el Incoterm aplicable. Conocer estas reglas permite calcular correctamente el valor asegurado y evitar sorpresas durante una reclamación.
Qué significa que estén cubiertos el flete, los gastos y los aranceles
Cuando una mercancía sufre un siniestro durante el transporte, la pérdida económica puede superar el precio de los bienes. También pueden verse comprometidos el transporte contratado, los costes de manipulación, los trámites aduaneros o los impuestos necesarios para recuperar, reexpedir o importar la carga. Por esta razón, algunas pólizas de seguro de transporte contemplan conceptos adicionales al valor material de la mercancía.
Sin embargo, que un gasto esté relacionado con un siniestro no significa automáticamente que la aseguradora deba pagarlo. La cobertura depende de varios factores:
- El tipo de póliza contratada y sus condiciones particulares.
- La suma asegurada y la forma de valorar la mercancía.
- El riesgo que ha provocado el daño o la pérdida.
- El momento en que se genera el gasto.
- La responsabilidad asumida por el comprador o el vendedor según el contrato y el Incoterm.
- Las exclusiones, franquicias y límites establecidos en la póliza.
En términos prácticos, el seguro puede cubrir el valor de la mercancía dañada, el flete pagado, ciertos gastos razonables para evitar o reducir la pérdida y, en determinados casos, los derechos de importación o aranceles. Cada concepto debe analizarse por separado, porque puede tener un tratamiento distinto.
El flete dentro del seguro de transporte de mercancías
El flete es el precio pagado por trasladar la mercancía desde un punto de origen hasta el destino acordado. Puede corresponder al transporte marítimo, aéreo, terrestre o ferroviario, e incluir conceptos como recargos por combustible, manipulación en terminales, tasas portuarias o suplementos de seguridad.
Cuando la carga se pierde totalmente por un riesgo cubierto, es habitual que el seguro contemple el flete que el asegurado ya ha pagado y que no puede recuperar. Esto ocurre, por ejemplo, si una mercancía se hunde durante una travesía marítima o queda destruida en un accidente de carretera antes de llegar al comprador.
Flete pagado y flete pendiente
La diferencia entre flete pagado y flete pendiente es importante. Si el transporte ya fue abonado y la mercancía queda destruida, puede existir una pérdida económica adicional para el asegurado. En cambio, si el flete todavía no se ha pagado y el transportista no puede exigirlo por la pérdida de la carga, normalmente no habrá un perjuicio indemnizable por ese concepto.
Algunas pólizas incluyen el flete dentro del valor asegurado mediante una fórmula como valor de la mercancía más transporte, gastos y un porcentaje adicional. Otras aseguran exclusivamente el valor comercial de los bienes y exigen contratar una extensión específica para recuperar el coste del transporte.
Flete de retorno, reexpedición o transporte alternativo
Un siniestro parcial puede obligar a devolver la mercancía al origen, trasladarla a un almacén seguro o contratar un transporte alternativo. Estos gastos pueden quedar cubiertos cuando son razonables, necesarios y están directamente relacionados con la prevención o reducción de una pérdida cubierta.
Por ejemplo, si un contenedor resulta dañado por una inundación y la mercancía debe ser retirada de la terminal para evitar que se deteriore, el transporte hasta un almacén provisional podría considerarse un gasto de salvamento. No obstante, la aseguradora puede exigir autorización previa, presupuestos o pruebas de que el coste era imprescindible.
No debe confundirse el transporte alternativo necesario con el coste de mejorar el servicio original. Si el asegurado decide utilizar un transporte más caro por conveniencia comercial, urgencia del cliente o necesidad de cumplir una fecha de entrega, la cobertura dependerá de las condiciones concretas. El seguro de mercancías suele proteger frente al daño, no frente a cualquier sobrecoste operativo o pérdida de oportunidad comercial.
Gastos asociados a un siniestro
Los gastos relacionados con una reclamación pueden ser muy variados. Algunos forman parte de la liquidación principal; otros se cubren como gastos de salvamento, avería gruesa, peritación o recuperación. La clave es determinar si el desembolso fue necesario para atender un riesgo cubierto y si se realizó de forma proporcionada.
Gastos de salvamento y mitigación
El asegurado tiene normalmente el deber de actuar razonablemente para evitar que el daño aumente. Entre las medidas habituales se encuentran:
- Retirar la mercancía de una zona inundada o incendiada.
- Contratar vigilancia para evitar robos posteriores.
- Proteger los bultos con lonas, embalajes o sistemas de refrigeración.
- Separar la mercancía dañada de la que todavía puede aprovecharse.
- Trasladar la carga a un almacén seguro.
- Solicitar una inspección urgente o una peritación.
- Realizar trabajos de limpieza, secado o descontaminación.
Si estas actuaciones reducen el importe final de la pérdida, es posible que la póliza cubra su coste aunque finalmente parte de la mercancía no resulte dañada. En muchos contratos, los gastos de salvamento tienen un límite adicional o se abonan hasta la suma asegurada, según la redacción aplicable.
Es recomendable informar cuanto antes a la aseguradora, conservar facturas y explicar por qué cada gasto era necesario. La falta de autorización previa no siempre elimina la cobertura, especialmente cuando existía una emergencia, pero puede dificultar la reclamación.
Almacenamiento y manipulación extraordinaria
El almacenamiento ordinario previsto en la operación logística suele formar parte del coste normal del transporte y no constituye, por sí solo, un gasto indemnizable. En cambio, el almacenamiento extraordinario provocado por un siniestro puede estar cubierto.
La diferencia puede verse en dos situaciones. Si la carga permanece varios días en un depósito porque el comprador retrasó su recepción, el gasto probablemente no será indemnizable. Si permanece allí porque el vehículo sufrió un accidente y es necesario clasificar, reparar o inspeccionar los bultos, puede considerarse un coste derivado del siniestro.
También pueden cubrirse determinados gastos de carga, descarga, transbordo o manipulación cuando son consecuencia directa de una avería, una interrupción del trayecto o una medida de protección. Conviene revisar si la póliza incluye un límite por evento y si excluye retrasos, inmovilizaciones o gastos puramente comerciales.
Peritajes, inspecciones y documentación
Los honorarios de peritos, inspectores, laboratorios o empresas de salvamento pueden tener un tratamiento específico. En algunos seguros están incluidos dentro de los gastos de ajuste del siniestro; en otros deben ser autorizados expresamente o se aplican límites.
La inspección de la mercancía es especialmente importante cuando existe daño parcial. Un informe técnico puede determinar el porcentaje de deterioro, la causa del daño, el valor de los restos y la posibilidad de reparación o venta como salvamento. Sin este respaldo, la aseguradora puede cuestionar el importe reclamado.
El asegurado debe guardar documentos como facturas, listas de bultos, conocimientos de embarque, cartas de porte, fotografías, actas de entrega, reservas de derechos y presupuestos de reparación. La trazabilidad del gasto es tan importante como la existencia del daño.
Aranceles, impuestos y derechos de aduana
Los aranceles son tributos aplicados a determinadas mercancías al entrar en un territorio aduanero. Junto a ellos pueden aparecer el IVA o impuesto equivalente a la importación, tasas de despacho, recargos, almacenaje aduanero y honorarios de agentes. Su cobertura no es automática en un seguro de transporte.
En una póliza básica, el interés asegurado suele centrarse en la mercancía y, en su caso, en el flete. Los impuestos y derechos pueden quedar excluidos porque no representan el valor intrínseco del bien o porque el importador tiene derecho a recuperarlos mediante deducción fiscal. Sin embargo, existen situaciones en las que sí pueden formar parte de la indemnización.
Cuándo pueden incluirse los aranceles
Los derechos de importación pueden estar cubiertos cuando:
- El asegurado los ha pagado efectivamente y no puede recuperarlos.
- La pérdida o el daño de la mercancía se debe a un riesgo cubierto.
- La póliza los incluye expresamente dentro del valor asegurado.
- Son necesarios para liberar o reponer la carga en el destino.
- La cobertura se ha contratado sobre una base que incorpora impuestos y gastos de importación.
Por ejemplo, una empresa importa equipos desde un país tercero, paga los aranceles al despacho y posteriormente descubre que parte de la carga llegó destruida por un accidente cubierto. Si esos derechos no pueden recuperarse ante la administración tributaria y la póliza los contempla, podrían formar parte del importe reclamable.
La situación cambia si el importador puede solicitar la devolución de los aranceles por mercancía defectuosa, destruida o reexportada. En ese caso, la aseguradora normalmente indemnizará únicamente la pérdida que no haya sido compensada por la autoridad aduanera. El seguro no debe producir un enriquecimiento injustificado.
IVA u otros impuestos recuperables
El IVA de importación merece un análisis separado. Para una empresa que puede deducirlo, generalmente no representa un coste definitivo. Por eso, muchas pólizas lo excluyen o solo lo consideran cuando el asegurado demuestra que no tiene derecho a recuperarlo.
Para un particular, una entidad exenta o una empresa que no puede deducir el impuesto, el IVA puede constituir un perjuicio real. En ese supuesto, podría incluirse en la indemnización si la póliza lo permite y se acredita el pago.
La documentación debe mostrar el importe liquidado, el justificante de pago, la declaración aduanera y la posición fiscal del asegurado. Una simple estimación del impuesto no suele ser suficiente.
La influencia de los Incoterms en la cobertura
Los Incoterms determinan cómo se distribuyen entre vendedor y comprador los costes, riesgos y obligaciones logísticas de una compraventa internacional. No sustituyen al seguro ni establecen por sí mismos qué pagará una aseguradora, pero ayudan a identificar quién tenía el interés asegurable cuando ocurrió el daño.
Incoterms en los que el vendedor contrata el seguro
En los términos CIF y CIP, el vendedor debe contratar un seguro de transporte en beneficio del comprador, aunque el nivel de cobertura exigido puede variar. En CIF, utilizado principalmente para transporte marítimo, la cobertura mínima tradicional puede ser limitada. En CIP, la exigencia de seguro suele ser más amplia.
Esto no significa que todos los gastos, aranceles o perjuicios del comprador estén cubiertos. El contrato debe indicar el valor asegurado, los riesgos contratados, el ámbito geográfico, las franquicias y el procedimiento de reclamación. Si el comprador necesita cubrir aranceles, beneficios esperados o gastos extraordinarios, puede necesitar una ampliación.
Incoterms en los que el comprador debe asegurar la carga
En términos como EXW, FCA, FOB, CFR, DAP o DDP, la obligación de contratar seguro varía o puede recaer principalmente en el comprador. Además, el momento de transmisión del riesgo no coincide siempre con el momento en que se transfieren los costes.
En una operación FOB, por ejemplo, el riesgo puede pasar al comprador cuando la mercancía queda a bordo del buque, aunque determinados gastos posteriores correspondan a otras partes. Si el comprador no contrata una póliza adecuada, puede quedar expuesto a pérdidas durante el tramo marítimo y durante las fases posteriores del trayecto.
En DDP, el vendedor asume una parte muy amplia de los costes, incluidos normalmente los trámites de importación, pero eso no implica necesariamente que el seguro incluya todos los aranceles o gastos de sustitución. La distribución contractual debe revisarse junto con la póliza.
Cómo se calcula el valor asegurado
Una de las causas más frecuentes de insuficiencia de cobertura es asegurar únicamente el precio de fábrica de la mercancía. En una operación internacional, la pérdida real puede incluir transporte, embalaje, gastos de exportación, aranceles y un margen adicional.
Según el contrato, el valor asegurado puede calcularse sobre:
- El valor de factura de la mercancía.
- El valor de coste, seguro y flete, conocido como CIF.
- El valor de reposición en destino.
- El precio de venta esperado, cuando la póliza lo admite.
- El valor declarado más un porcentaje para gastos y beneficios.
Una fórmula utilizada en algunas operaciones consiste en sumar el valor de la mercancía, el transporte y el seguro, y añadir un porcentaje adicional. Este porcentaje puede tener como finalidad cubrir gastos incidentales o un beneficio esperado, pero no debe darse por supuesto: debe aparecer en las condiciones de contratación.
Si el valor declarado es inferior al valor real asegurable, puede aplicarse la regla proporcional por infraseguro. En tal caso, la indemnización se reduce en la misma proporción en que se aseguró de menos. También pueden existir límites específicos para flete, aranceles, gastos de salvamento o almacenaje.
Qué gastos suelen quedar excluidos
Las exclusiones varían entre aseguradoras, pero hay costes que habitualmente no se cubren salvo pacto expreso:
- Multas, sanciones y penalizaciones impuestas por autoridades.
- Intereses de demora por retrasar el despacho aduanero.
- Gastos causados por documentación incorrecta o incompleta.
- Aranceles recuperables por devolución o compensación fiscal.
- Pérdidas derivadas exclusivamente de retrasos.
- Lucro cesante y pérdida de mercado no contratados.
- Costes de mejora, sustitución o modernización de la mercancía.
- Gastos ocasionados por embalaje insuficiente cuando era responsabilidad del asegurado.
- Desembolsos que no puedan justificarse mediante facturas o documentos fiables.
También pueden excluirse riesgos concretos, como vicio propio, desgaste normal, contaminación gradual, incumplimiento contractual, guerra, huelga o ciertos actos de autoridad. Algunas exclusiones pueden contratarse mediante cláusulas adicionales, pero suelen requerir una declaración previa y una prima específica.
Qué ocurre en una pérdida total y en un daño parcial
En una pérdida total, la liquidación suele partir del valor asegurado de la mercancía y añadir, cuando proceda, el flete y los gastos cubiertos. Si existen restos aprovechables, la aseguradora puede deducir su valor o hacerse cargo de ellos. Los aranceles y tributos se analizan atendiendo a si fueron pagados y si pueden recuperarse.
En un daño parcial, el cálculo puede basarse en el coste de reparación, el porcentaje de depreciación o la diferencia entre el valor de la mercancía sana y el valor de la mercancía dañada. Los gastos de transporte, inspección, clasificación o reembalaje pueden incorporarse si fueron necesarios para reducir la pérdida.
Cuando la mercancía puede repararse, el seguro normalmente no cubre una sustitución completa si la reparación razonable restablece su utilidad. Tampoco suele pagar gastos que mejoren el producto por encima de su estado anterior al siniestro.
Avería gruesa y gastos extraordinarios en el transporte marítimo
En el transporte marítimo puede declararse una avería gruesa cuando se realiza un sacrificio o se incurre en un gasto extraordinario, de forma intencionada y razonable, para proteger el buque, el cargamento y otros intereses frente a un peligro común.
Un ejemplo sería descargar parte de la mercancía para combatir un incendio o desviar el buque hacia un puerto de refugio. Los propietarios de la carga pueden recibir una reclamación de contribución, incluso aunque sus bienes no hayan sufrido daños directos.
La cobertura de avería gruesa suele estar incluida en muchas pólizas marítimas, pero el alcance depende de las condiciones contratadas. El seguro puede cubrir la contribución exigida, los gastos de salvamento y otros costes relacionados, siempre que el evento no esté excluido.
El asegurado debe entregar rápidamente la garantía o las garantías requeridas para retirar la mercancía. La aseguradora puede solicitar el conocimiento de embarque, la factura comercial, el ajuste de avería gruesa y la documentación del salvamento antes de confirmar su participación.
Cómo reclamar flete, gastos y aranceles
Una reclamación bien documentada facilita la determinación de la cobertura. El procedimiento puede variar, pero normalmente conviene seguir estos pasos:
- Notificar el siniestro a la aseguradora o al corredor tan pronto como sea posible.
- Adoptar medidas razonables para evitar que el daño aumente.
- Informar al transportista y formular una reserva de derechos en la entrega.
- Solicitar una inspección cuando exista daño visible o sospecha de daño oculto.
- Separar y conservar la mercancía dañada, salvo que suponga un riesgo.
- Recopilar facturas, documentos de transporte, despachos aduaneros y justificantes de pago.
- Presentar una relación detallada de la pérdida y de cada gasto reclamado.
- Esperar, cuando sea posible, la autorización de la aseguradora antes de realizar gastos relevantes.
La reclamación debería separar claramente el valor de la mercancía, el flete, los aranceles, el IVA, el almacenamiento, la peritación, el transporte alternativo y cualquier otro concepto. Una presentación global dificulta que la aseguradora identifique qué partidas están cubiertas y cuáles necesitan una justificación adicional.
Documentos que suelen solicitarse
- Póliza o certificado de seguro.
- Factura comercial y lista de empaque.
- Conocimiento de embarque, carta de porte o guía aérea.
- Informe de daños y fotografías.
- Acta de entrega con reservas o comunicación al transportista.
- Factura del flete y comprobantes de pago.
- Declaración aduanera y liquidación de aranceles.
- Justificante de que los impuestos no son recuperables, cuando sea necesario.
- Presupuestos, facturas de reparación, almacenaje o salvamento.
- Informe de perito o certificado de destrucción, si corresponde.
Cómo contratar una cobertura adecuada
Antes de asegurar una operación, conviene identificar todos los costes que podrían generar una pérdida y no limitarse al precio de compra. El tomador debe preguntar expresamente si la póliza cubre el flete pagado, el transporte de retorno, la manipulación extraordinaria, el almacenaje, los aranceles y los impuestos no recuperables.
También debe comprobar el tipo de cobertura. Una póliza de riesgos nombrados solo responde frente a los riesgos enumerados, mientras que una cobertura amplia o “todo riesgo” ofrece un ámbito mayor, aunque siempre está sujeta a exclusiones. Ninguna de estas denominaciones garantiza por sí misma el pago de gastos aduaneros o pérdidas por demora.
Es aconsejable revisar:
- La definición de mercancía y de interés asegurado.
- El inicio y final de la cobertura.
- Los límites por envío y por tipo de gasto.
- Las franquicias aplicables.
- La base de valoración y el porcentaje adicional.
- El tratamiento de impuestos y aranceles.
- La cobertura de avería gruesa y salvamento.
- Las obligaciones de notificación y conservación de pruebas.
En operaciones frecuentes, puede ser más eficiente contratar una póliza flotante o una póliza abierta que cubra varios envíos. Aun así, cada expedición debe declararse correctamente, indicando origen, destino, naturaleza de la mercancía, valor, medio de transporte y condiciones de venta.
Una regla práctica para evitar insuficiencias
La pregunta esencial no es únicamente “¿cuánto vale la mercancía?”, sino “¿cuánto dinero perdería realmente si el envío se destruyera o quedara bloqueado?”. La respuesta debe considerar el precio de los bienes, el transporte ya pagado, los gastos inevitables, los derechos de importación no recuperables y los costes razonables para proteger la carga.
Si alguno de estos conceptos es relevante para la operación, debe aparecer de forma expresa en la póliza o en un suplemento. Las conversaciones comerciales o las interpretaciones generales de los Incoterms no sustituyen a una cláusula clara de seguro.
En definitiva, el flete, los gastos y los aranceles pueden estar cubiertos, pero solo cuando existe una conexión directa con un riesgo asegurado, el desembolso está justificado y la póliza lo permite. Revisar las condiciones antes del envío, declarar un valor suficiente y conservar toda la documentación son las mejores herramientas para obtener una indemnización completa y evitar conflictos en la liquidación del siniestro.